Forma de pago de asignaciones de retiro . Las asignaciones de retiro y pensiones policiales se pagarán por mensualidades vencidas durante la vida del beneficiario y son compatibles con los sueldos provenientes del desempeño de empleos públicos, incluidos los correspondientes a la actividad policial por movilización o llamamiento colectivo al servicio. Las asignaciones de retiro y las pensiones policiales, son incompatibles entre sí y no son reajustables por servicios prestados a entidades de derecho público; igualmente son incompatibles con las pensiones de invalidez o de retiro por vejes, pero el interesado optará por las más favorables. Las asignaciones de retiro y las pensiones policiales, son compatibles con las pensiones de jubilación e invalidez, provenientes de entidades de derecho público.
Decreto 1091 de 1995 →Vigente
Artículo 61
Decreto 1091 de 1995 · por el cual se expide el Régimen de Asignaciones y Prestaciones para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, creado mediante Decreto 132 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.