° . Si las entidades territoriales y policivas no adelantan los programas de evacuación y reubicación causados por la emergencia invernal, corresponde a la Dirección de Gestión del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia establecer el nivel de prioridad del reasentamiento de acuerdo con las condiciones de riesgo. La Dirección de Gestión del Riesgo elaborará un programa de reasentamiento a las personas y mantendrá actualizado el censo de familias y la prioridad de los procesos. El proceso de reasentamiento de las personas deberá contemplar
La provisión temporal de una solución de alojamiento digno;
La adquisición de la vivienda en riesgo y/o de los derechos sobre las edificaciones a demoler;
La asesoría y acompañamiento integral para la adquisición de la nueva alternativa habitacional;
La asignación y otorgamiento del Valor Único de Reconocimiento, cuando a este hubiere lugar, contando para ello con recursos del Fondo Nacional de Calamidades;
La coordinación con las entidades competentes del destino y uso de los predios desalojados por alto riesgo no mitigable;
La coordinación con los Alcaldes Locales y autoridades competentes, que dichos predios desalojados en desarrollo del proceso de reasentamientos no sean ocupados, hasta su nueva destinación de uso.