Micelio

Artículo 55

Funciones De La Subdirección De Vivienda Y Desarrollo Urbano

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Vivienda y Desarrollo Urbano. Son funciones de la Subdirección de Vivienda y Desarrollo Urbano, las siguientes

1.

Participar en el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas de vivienda y desarrollo urbano del Gobierno nacional.

2.

Brindar asistencia técnica a las entidades públicas competentes en el sector vivienda.

3.

Programar y hacer seguimiento a la ejecución del presupuesto de inversión de las entidades ejecutoras de las políticas de vivienda y desarrollo urbano.

4.

Realizar estudios técnicos del sector vivienda.

5.

Proponer, revisar y conceptuar sobre las normas que expida el Gobierno nacional en materia de vivienda, subsidios de vivienda, construcción, financiamiento hipo­tecario y analizar su impacto en el marco de la política de vivienda.

6.

Apoyar, evaluar y dar recomendaciones sobre la formulación de macroproyectos urbanos, proyectos de renovación urbana, desmarginalización y mejoramiento de barrios y recuperación de espacio público, articulando las políticas de vivienda, agua potable, servicios públicos, transporte urbano, prevención y atención de de­sastres y demás relacionadas con el ámbito urbano.

7.

Promover actividades tendientes a fortalecer los procesos de descentralización y modernización de la gestión pública en el sector.

8.

Apoyar a las entidades del orden nacional en sus labores de asistencia técnica a las entidades territoriales, en lo relativo a instrumentos de gestión urbana y planes de ordenamiento territorial.

9.

Promover la implementación de expedientes y observatorios urbanos como herramienta de análisis del mercado inmobiliario y del suelo y de las dinámicas urbanas.

10.

Apoyar anualmente y en coordinación con el Instituto Geográfico Agustín Coda­zzi, la elaboración del documento CONPES de reajuste de avalúos catastrales por concepto de conservación.

11.

Evaluar y dar recomendaciones sobre proyectos de recuperación y rehabilitación de patrimonio inmueble de las ciudades, orientados a su aprovechamiento para usos habitacionales, comerciales y de otra índole.

12.

Promover el desarrollo de las infraestructuras de datos espaciales con el fin de in­tegrar la información catastral y cartográfica con las temáticas relacionadas con la planificación urbana y el Ordenamiento Territorial, mediante la interoperabilidad de los sistemas de información.

13.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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