Mientras no hayan transcurrido tres meses, a partir del cumplimiento de todas las formalidades dichas, cualquier persona puede oponerse a que se celebre el contrato propuesto, presentando por escrito su oposición ante el Ministerio de Minas y Petróleos o ante la respectiva Gobernación, Intendencia o Comisaría, y acompañando prueba, aunque no sea plena, de los fundamentos de su oposición.
Artículo 27
Mientras No Hayan Transcurrido Tres Meses, A Partir Del Cumplimiento De Todas Las Formalidades Dichas, Cualquier Persona Puede Oponerse A Que Se Celebre El Contrato Propuesto, Presentando Por Escrito Su Oposición Ante El Ministerio De Minas Y Petróleos O Ante La Respectiva Gobernación, Intendencia O Comisaría, Y Acompañando Prueba, Aunque No Sea Plena, De Los Fundamentos De Su Oposición
Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.