Micelio

Artículo 36

Subdirección Para La Gestión Del Talento Humano

Decreto 1064 de 2020 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección para la Gestión del Talento Humano. Son funciones de la Subdirección de Gestión del Talento Humano, las siguientes

1.

Proponer a la Secretaría General, ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas establecidos para la gestión del talento humano del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

2.

Ejecutar las actividades de administración de personal como situaciones admi­nistrativas y relaciones laborales del personal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

3.

Custodiar, sistematizar y mantener actualizadas las historias laborales de todos los servidores públicos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

4.

Coordinar el proceso de liquidación de nómina, prestaciones sociales y demás reconocimientos de los empleados públicos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de conformidad con las disposiciones lega­les vigentes.

5.

Gestionar la información relativa al talento humano del Ministerio de Tecnolo­gías de la Información y las Comunicaciones, expedir las certificaciones requeri­das por los servidores, incluidas aquellas destinadas al trámite de bonos pensio­nales, y proyectar los actos administrativos que correspondan a la Dependencia.

6.

Ejecutar el proceso de gestión pensiona! del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de las extintas entidades adscritas y vincu­ladas, en lo relativo a cuotas partes y bonos pensionales.

7.

Diseñar, implementar y evaluar los programas de capacitación, incentivos, bien­estar, seguridad y salud en el trabajo, desarrollo y evaluación de los servidores públicos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

8.

Suministrar los instrumentos adoptados para la concertación y formalización de los acuerdos de gestión del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de acuerdo con los procedimientos internos y las disposiciones legales vigentes.

9.

Desarrollar estrategias para el fortalecimiento del talento humano e incorporar elementos de innovación y gestión del cambio en el Ministerio.

10.

Proponer la actualización y modificación del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Ministerio conforme a la planta de personal y a las disposiciones legales vigentes.

11.

Liderar la elaboración de los estudios técnicos requeridos para modificar la es­tructura interna de la planta de personal del Ministerio de Tecnologías de la In­formación y las Comunicaciones.

12.

Diseñar y ejecutar, en coordinación con la Secretaría General, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminadas a fortalecer una cultura organizacional, de conformidad con los Códigos de Integridad y General Disciplinario.

13.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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