Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1505 de 2003 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modificar el numeral 3º del artículo 31 del Decreto 1713 de 2002 y adicionar el siguiente

Parágrafo transitorio

"3. El servicio de recolección de residuos aprovechables y no aprovechables se prestará de acuerdo con lo establecido en el PGIRS". "

Parágrafo transitorio

Hasta tanto no se elaboren y desarrollen los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el servicio se prestará en armonía con los programas vigentes que la entidad territorial haya definido para tal fin, garantizando la participación de los recicladores y del sector solidario en las actividades que a la entrada en vigencia del presente decreto estén desarrollando".

Parágrafo transitorio

Artículo 31 DECRETO 1713 de 2002

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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