Micelio

Artículo 8

Ley 46 de 1928 · Por la cual se fomenta la vía nacional del Sarare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El sitio en que deberá establecerse la Colonia Penal y Agrícola en la región del Sarare, de que trata la Ley 59 de 1923 , será escogida dentro de los límites del Departamento Norte de Santander.

Parágrafo 1

A la Colonia Penal y Agrícola del Sarare serán enviados los sentenciados a más de dos años de presidio o reclusión por los Jueces de los Distritos Judiciales de Bucaramanga y Pamplona, y dicha Colonia Penal tendra sección para vagos y rateros condenados como tales por las autoridades de los Departamentos de Santander y Norte de Santander, Sección que se regirá de acuerdo con la ley 105 de 1922 .

Parágrafo 2

. En los términos del presente artículo quedan modificados los artículos 1º y 2º de la Ley 59 de 1923 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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