Micelio

Artículo 175

Decreto 184412201 de 1844 · Reglamentario de la renta del tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 175. El dia 1 de Mayo de cada año, al tiempo de practicarse por los alcaldes la visita mensual de los estanquillos, se hará un prolijo reconocimiento del tabaco que exista en cada estanquillo, con el fin de examinar si hai alguna cantidad del jénero que no pueda darse a la venta por estar inútil. Este reconocimiento ser hará por el estanquillero en presencia del alcalde que autorizará el acto, i se calificará el tabaco que sea absolutamente inútil. Si resultare algún tabaco inútil, el estanquillero lo remitirá al estanco proveedor del cantón con la dilijencia que se practique, en que se espresarán también las causas que hayan originado la inutilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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