Micelio

Artículo 22

Decreto 512 de 1989 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la entidad específicas de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División Financiera . Corresponde a la División Financiera

a)

Preparar los proyectos de presupuesto del Departamento y del Fondo Rotatorio y tramitar sus modificaciones, adiciones y traslados en el Departamento Nacional de Planeación y en la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

b)

Tramitar las solicitudes mensuales de presupuesto de las seccionales, analizar la ejecución, revisar las cuentas y controlar el movimiento de fondos por aportes regionales.

c)

Hacer los estudios económicos, presupuestales de movimiento de fondos y de bienes ordenados por el Jefe del Departamento, por el Subjefe o por el Secretario General y adelantar las gestiones que de ellos surjan, ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación o la Contraloría General de la República.

d)

Recaudar oportuna y ordenadamente las rentas del Fondo Rotatorio del Departamento y velar porque las diferentes dependencias de la institución efectúen los giros y rindan las informaciones sobre ingresos del mismo Fondo.

e)

Actuar como oficina pagadora del DAS y del Fondo Rotatorio, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

f)

Llevar la contabilidad del DAS y del Fondo Rotatorio según las indicaciones de la Contraloría General de la República.

g)

Hacer las adquisiciones, compras, operaciones comerciales e intervenir en el trámite de las licitaciones del Fondo Rotatorio en coordinación y con el apoyo de la Dirección Administrativa.

h)

Tramitar los auxilios y préstamos del Fondo Rotatorio.

i)

Cumplir las demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento en su carácter de Gerente del Fondo Rotatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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