Micelio

Artículo 1

Adicionar El Artículo 41 Del Decreto 101 De 2000, Así: Parágrafo 1

Decreto 1402 de 2000 · por el cual se adiciona el Decreto 101 de 2000, se modifica el Decreto 540 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adicionar el artículo 41 del Decreto 101 de 2000, así:

Parágrafo 1

La Supertransporte tendrá competencia respecto de los hechos que a partir del momento en que se haga efectiva la delegación, tenga conocimiento de oficio o a través de terceros, aunque aquellos hayan sucedido con anterioridad al plazo previsto en el

Parágrafo

del artículo 43 para hacer efectiva la delegación. El Ministerio de Transporte será la entidad competente para iniciar, continuar y finalizar las investigaciones y procedimientos e imponer las sanciones respectivas, sobre los hechos que antes del momento de hacerse efectiva la delegación a la Supertransporte, conoció de oficio o a través de terceros.

Parágrafo 2

El Ministerio de Transporte mantendrá esta competencia máximo durante cinco (5) años, contados a partir de la entrada en vigencia de este decreto. Al vencimiento del plazo el Ministerio debe haber finalizado y resuelto en forma definitiva todas las investigaciones y procedimientos a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1402 de 2000