Micelio

Artículo 2

Ley 2411 de 2024 · por medio de la cual se armoniza la normatividad vigente en materia tributaria respecto a las familias con hijos dependientes o condición de discapacidad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquense los numerales 2 y 3 del parágrafo segundo del artículo 387 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así:

2.

Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 25 años, cuando el padre madre contribuyente persona natural se en­cuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autori­dad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autori­dad competente.

3.

Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada en factores físicos psicológicos que sean certificados por el Mi­nisterio de Salud y Protección Social o la entidad determina­da por las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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