Micelio

Artículo 1

Decreto 1985 de 1949 · Por el cual se fijan precios para el algodón y para la semilla de algodón de producción nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El precio de compra obligatorio del kilo de algodón desmotado, conforme a la clasificación comercial hecha en el Decreto número 2263 de 1941 (diciembre 30), y en el cual se comprende incluido el valor de8.0.09 por desmote, prensado y empacado, será el siguiente: Tipo "T" Calidad superior a corriente $ 2.30 Calidad corriente 2.15 Calidad inferior a corriente 2.00 Tipo "S'\ Calidad superior a corriente $ 2.25 Calidad corriente $ 2.40 Calidad inferior a corriente 1.95

Parágrafo

La tarifa de desmote, prensado y empacado que podrán cobrar tanto las desmotadoras oficiales y semi-oficiales como particulares será de $ 0.09 por kilo de libra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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