Micelio

Artículo 9

Si Después De Haber Informado Favorablemente Sobre La Buena Conducta De Un Reo, Cometiere Este Alguna Falta Grave, El Director Del Pertinente Establecimiento De Castigo Lo Comunicara A La Autoridad Que Este Conociendo De La Solicitud Sobre Rebaja De Pena, La Cual Se Abstendrá De Resolver, Y El Reo Perderá El Derecho A La Gracia Pedida

Decreto 1383 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1922 y se determina la manera como deben proceder los Gobernadores en la concesión de rebajas de pena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si después de haber informado favorablemente sobre la buena conducta de un reo, cometiere este alguna falta grave, el Director del pertinente establecimiento de castigo lo comunicara a la autoridad que este conociendo de la solicitud sobre rebaja de pena, la cual se abstendrá de resolver, y el reo perderá el derecho a la gracia pedida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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