° Si después de haber informado favorablemente sobre la buena conducta de un reo, cometiere este alguna falta grave, el Director del pertinente establecimiento de castigo lo comunicara a la autoridad que este conociendo de la solicitud sobre rebaja de pena, la cual se abstendrá de resolver, y el reo perderá el derecho a la gracia pedida.
Decreto 1383 de 1923 →Vigente
Artículo 9
Si Después De Haber Informado Favorablemente Sobre La Buena Conducta De Un Reo, Cometiere Este Alguna Falta Grave, El Director Del Pertinente Establecimiento De Castigo Lo Comunicara A La Autoridad Que Este Conociendo De La Solicitud Sobre Rebaja De Pena, La Cual Se Abstendrá De Resolver, Y El Reo Perderá El Derecho A La Gracia Pedida
Decreto 1383 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1922 y se determina la manera como deben proceder los Gobernadores en la concesión de rebajas de pena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.