Restricciones de la patente. En concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.16.5.2.2.4. del presente decreto, la patente para la pesca marina será válida para operar en las aguas de un solo océano y en las zonas que en ella se autoricen. Sin embargo, por razones de temporada de pesca, o por tratarse de la captura de especies altamente migratorias, la Aunap podrá expedir patente para operar en ambos océanos cuando así lo solicite el interesado. (Decreto número 2256 de 1991, artículo 100)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.16.5.3.7
Restricciones De La Patente
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.