Artículo segundo. El Ministerio de Agricultura designará el funcionario que, con la intervención de la Contraloría General de la República, levante el acta de entrega de los terrenos y edificaciones a la Gobernación del Departamento de Caldas. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1655 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1655 de 1951 · Que delega la administración de un bien nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.