Micelio

Artículo 33

Decreto 3169 de 1968 · por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los informes de que trata el artículo anterior, serán remitidos por el Superior respectivo a la autoridad correspondiente. El superior es quien ratifica la calidad de miembro de la institución del informante, su identificación y que la huella dactilar fue impresa en su presencia. Si la autoridad respectiva exige cualquier comprobación al respecto, será el mismo Superior el encargado de llevar a cabo la diligencia correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3169 de 1968