Autorízase igualmente al Gobierno para que cubra con dichos pagares el valor de los bonos ferroviarios que vencen en la vigencia de 1930: para pagar a los Departamentos el saldo de la deuda pendiente a su favor por razón de participaciones en las rentas nacionales y de deficiencias provenientes de la lucha antialcohólica y para pagar el primer contado del auxilio decretado por el artículo 2º de la Ley 31 de 1926 .
Ley 20 de 1930 →Vigente
Artículo 2
Ley 20 de 1930 · POR LA CUAL SE AUTORIZA UNA EMISIÓN DE PAGARÉS DEL TESORO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.