º A partir del 1o. de enero de 1989, la asignación básica para las distintas clases de empleos de la Administración Postal Nacional, será la siguiente: Escala Operativa Escala Técnica Ejecutiva Grado Asignación Básica Mensual Grado Asignación Básica Mensual 1 $32.838 1 $ 62.993 2 33.132 2 68.838 3 33.282 3 74.760 4 33.309 4 83.125 5 33.388 5 87.856 6 34.453 6 94.644 7 36.969 7 100.348 8 38.949 8 105.115 9 42.656 9 111.503 10 44.781 10 128.125 11 48.899 11 137.250 12 52.055 12 140.375 13 55.179 13 145.000 14 57.536 14 147.500 15 62.868 15 154.250 16 75.000 16 175.000 17 81.250 17 212.500 18 87.500 18 237.500 19 275.000 20 300.000 Para las escalas Operativa y Técnica Ejecutiva, la primera columna determina los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna establece la asignación básica mensual para cada grado.
Decreto 29 de 1989 →Vigente
Artículo 1
º A Partir Del 1o
Decreto 29 de 1989 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.