Art. 2. ° Destínase del Tesoro nacional las siguientes sumas como recompensas unitarias:
Tres mil pesos á los hijos del Coronel José Guillermo Hernández;
Mil ochocientos pesos a la madre del Capitán Lázaro Angulo;
Mil doscientos pesos a los herederos solteros del Subteniente José Antonio Serrate;
Seiscientos pesos al inválido Rafael Hernández;
Seiscientos pesos á la madre del soldado Isidoro Quiroga; y
Seiscientos pesos a la madre del soldado Severo Méndez.