Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General: 16.1. Velar por la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados por la Entidad. 16.2. Dirigir los servicios de apoyo administrativo y financiero que requieran las dependencias y las oficinas de registro de instrumentos públicos en el desarrollo de sus funciones. 16.3. Asegurar el cumplimiento de las normas legales e internas de la Superintendencia y por el eficiente y eficaz desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma. 16.4. Colaborar con la Oficina Asesora de Planeación, en la elaboración del anteproyecto anual del presupuesto y el Programa Anual de Caja, así como las adiciones y traslados de presupuesto de la Superintendencia, someterlos a consideración del Superintendente y adelantar los trámites correspondientes. 16.5. Organizar y gestionar el manejo presupuestal, contable, de recaudo de ingresos, tesorería y financiero que deba adelantar la Superintendencia respecto de sus dependencias y de las oficinas de registro de instrumentos públicos, conforme a las disposiciones legales que rigen la materia. 16.6. Rendir los informes y cuentas que requieran la Contraloría General de la República, los organismos públicos de control y las demás autoridades competentes. 16.7. Organizar y gestionar todas las actividades concernientes al sistema de contratación, compras, registro de proveedores, la adquisición, almacenamiento y suministro de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el eficiente funcionamiento de las dependencias de la Superintendencia y de las oficinas de registro de instrumentos públicos. 16.8. Preparar o revisar las minutas de contratos, pliegos de licitación, proyectos de resolución y demás actos administrativos, que someta a su consideración el Superintendente y mantener los archivos correspondientes. 16.9. Orientar, organizar y gestionar, directamente o mediante contratación, los servicios de infraestructura física, vigilancia, mantenimiento y reparación de equipos, aseo, cafetería, transporte y demás servicios generales requeridos para el funcionamiento de la entidad y las oficinas de registro de instrumentos públicos. 16.10. Orientar y organizar la gestión del talento humano de la Superintendencia y de las oficinas de registro de instrumentos públicos en todas sus fases, como vinculación, relaciones laborales, desarrollo de personal, capacitación, bienestar social, estadísticas de personal, nóminas, novedades administrativas, y demás aspectos requeridos al efecto, con fundamento en las disposiciones legales. 16.11. Expedir las certificaciones que requieran las autoridades judiciales y administrativas. 16.12. Dirigir los servicios de registro, clasificación, archivo y tramitación de correspondencia de la Superintendencia. 16.13. Velar que la atención de quejas y reclamos y la atención al usuario en aquello que no esté atribuido a otra dependencia se preste adecuadamente. 16.14. Elaborar y mantener actualizado el manual específico de funciones y requisitos. 16.15. Las demás que le sean asignadas.
Decreto 302 de 2004 →Vigente
Artículo 16
Secretaría General
Decreto 302 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.