Micelio

Artículo 16

Secretaría General

Decreto 302 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General: 16.1. Velar por la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados por la Entidad. 16.2. Dirigir los servicios de apoyo administrativo y financiero que requieran las dependencias y las oficinas de registro de instrumentos públicos en el desarrollo de sus funciones. 16.3. Asegurar el cumplimiento de las normas legales e internas de la Superintendencia y por el eficiente y eficaz desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma. 16.4. Colaborar con la Oficina Asesora de Planeación, en la elaboración del anteproyecto anual del presupuesto y el Programa Anual de Caja, así como las adiciones y traslados de presupuesto de la Superintendencia, someterlos a consideración del Superintendente y adelantar los trámites correspondientes. 16.5. Organizar y gestionar el manejo presupuestal, contable, de recaudo de ingresos, tesorería y financiero que deba adelantar la Superintendencia respecto de sus dependencias y de las oficinas de registro de instrumentos públicos, conforme a las disposiciones legales que rigen la materia. 16.6. Rendir los informes y cuentas que requieran la Contraloría General de la República, los organismos públicos de control y las demás autoridades competentes. 16.7. Organizar y gestionar todas las actividades concernientes al sistema de contratación, compras, registro de proveedores, la adquisición, almacenamiento y suministro de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el eficiente funcionamiento de las dependencias de la Superintendencia y de las oficinas de registro de instrumentos públicos. 16.8. Preparar o revisar las minutas de contratos, pliegos de licitación, proyectos de resolución y demás actos administrativos, que someta a su consideración el Superintendente y mantener los archivos correspondientes. 16.9. Orientar, organizar y gestionar, directamente o mediante contratación, los servicios de infraestructura física, vigilancia, mantenimiento y reparación de equipos, aseo, cafetería, transporte y demás servicios generales requeridos para el funcionamiento de la entidad y las oficinas de registro de instrumentos públicos. 16.10. Orientar y organizar la gestión del talento humano de la Superintendencia y de las oficinas de registro de instrumentos públicos en todas sus fases, como vinculación, relaciones laborales, desarrollo de personal, capacitación, bienestar social, estadísticas de personal, nóminas, novedades administrativas, y demás aspectos requeridos al efecto, con fundamento en las disposiciones legales. 16.11. Expedir las certificaciones que requieran las autoridades judiciales y administrativas. 16.12. Dirigir los servicios de registro, clasificación, archivo y tramitación de correspondencia de la Superintendencia. 16.13. Velar que la atención de quejas y reclamos y la atención al usuario en aquello que no esté atribuido a otra dependencia se preste adecuadamente. 16.14. Elaborar y mantener actualizado el manual específico de funciones y requisitos. 16.15. Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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