Micelio

Artículo 11

Decreto 88 de 1988 · Por el cual se fijan los plazos y lugares para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retención en la fuente y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ELIMINACION DE LA DECLARACION ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. A partir del año gravable de 1987, queda eliminada la declaración anual del impuesto sobre las ventas, para los responsables de dicho impuesto, distintos de los que pertenecen al régimen simplificado. Los certificados de pago bimestral correspondientes a los bimestres enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre de 1987, reemplazan la declaración anual de impuesto sobre las ventas correspondiente al año de 1987. Para tal efecto, la corrección de los certificados de pago bimestral correspondientes al año gravable de 1987, podrá efectuarse con ocasión de la presentación del certificado del bimestre noviembre-diciembre de 1987.

Parágrafo

El certificado de pago bimestral correspondiente al bimestre noviembre-diciembre de 1987, deberá presentarse y cancelar el valor correspondiente, en los bancos autorizados, utilizando los nuevos formularios de declaración bimestral del impuesto sobre las ventas, los cuales quedan habilitados para tal fin, a más tardar en las siguientes fechas, atendiendo al último dígito del NIT o cédula de ciudadanía del declarante, según el caso, así: SI EL ULTIMO DIGITO ES: HASTA EL DIA: 1 o 2 19 de febrero de 1988 3 o 4 22 de febrero de 1988 5 o 6 23 de febrero de 1988 7 u 8 24 de febrero de 1988 9 o 0 25 de febrero de 1988

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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