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Artículo 4

Acto_legislativo 2 de 1905 · ACTO LEGISLATIVO 2 DE 1905, 19/03/1905, Por el cual se sustituye el artículo 68 de la Constitución de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° (transitorio). Mientras se reúne el primer Congreso de que habla el artículo anterior, la presente Asamblea Nacional continuará ejerciendo las funciones legislativas que por la Constitución corresponden, en sesiones extraordinarias, al Congreso y separadamente al Senado y á la Cámara de Representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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