Micelio

Artículo 2

Decreto 170 de 2026 · por el cual se adoptan aranceles recíprocos equivalentes al 30% ad valorem a productos importados desde la República de Ecuador, y se toman medidas de restricción al ingreso de mercancías provenientes y originarias de Ecuador por razones de seguridad nacional de la República de Colombia.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo2°. Restricción al ingreso de mercancías proveniente de Ecuador por las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Ipiales y de Puerto Asís . Las mercancías clasificables en las siguientes subpartidas no podrán ingresar bajo ningún régimen aduanero por los cruces de frontera terrestres de las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Ipiales y de Puerto Asís.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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