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Artículo 19

Son Funciones De La Sección De Almacén: A) Recibir, Clasificar Y Custodiar Los Elementos Que Ingresen Al Almacén Y Verificar Su Calidad Y Cantidad

Decreto 1033 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 035 de 1987, que modifica la Estructura Orgánica del Fondo de Reconstrucción "Resurgir" y se determina las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Almacén

a)

Recibir, clasificar y custodiar los elementos que ingresen al Almacén y verificar su calidad y cantidad.

b)

Llevar los registros de entradas y salidas de elementos según los procedimientos establecidos por el Fondo.

c)

Responder por la conservación, mantenimiento, Seguridad e integridad de los elementos a cargo del Almacén.

d)

Elaborar el boletín diario de movimiento de almacén y rendir las cuentas para la aprobación de la Contraloría.

e)

Rendir informes y controlar periódicamente los registros de Almacén con las existencias físicas.

f)

Llevar el inventario individual de todos los bienes que tienen a cargo los funcionarios y efectuar los traspasos correspondientes.

g)

Las demás que le sean asignadas y corresponda a la naturaleza de la dependencia. Sección de Servicios Generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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