º El reconocimiento de la pensión de jubilación, invalidez o vejez establecida en las leyes vigentes y en las normas que se expidan en ejercicio de las facultades extraordinarias de la Ley la de 1991, a que tengan derecho los servidores públicos, significará la terminación de su respectivo contrato de trabajo y vinculación legal y reglamentaria.
Decreto 35 de 1992 →Vigente
Artículo 3
º El Reconocimiento De La Pensión De Jubilación, Invalidez O Vejez Establecida En Las Leyes Vigentes Y En Las Normas Que Se Expidan En Ejercicio De Las Facultades Extraordinarias De La Ley La De 1991, A Que Tengan Derecho Los Servidores Públicos, Significará La Terminación De Su Respectivo Contrato De Trabajo Y Vinculación Legal Y Reglamentaria
Decreto 35 de 1992 · por el cual se dictan normas sobre el régimen labor de la Empresa Puertos De Colombia, en liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.