Micelio

Artículo 2.14.1.1.7

Derechos Sobre La Recuperación De Inversión Del Incora, Himat, Inat, Unat O Incoder

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derechos sobre la recuperación de inversión del INCORA, HIMAT, INAT, UNAT o INCODER. Los derechos sobre la recuperación de inversión y la transferencia de propiedad de distritos sobre obras de adecuación de tierras realizadas a favor del INCORA, HIMAT, INAT, INCODER o UNAT, deben ser pagados a la Agencia de Desarrollo Rural, recursos que ingresarán al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras (Fonat).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015