Derechos sobre la recuperación de inversión del INCORA, HIMAT, INAT, UNAT o INCODER. Los derechos sobre la recuperación de inversión y la transferencia de propiedad de distritos sobre obras de adecuación de tierras realizadas a favor del INCORA, HIMAT, INAT, INCODER o UNAT, deben ser pagados a la Agencia de Desarrollo Rural, recursos que ingresarán al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras (Fonat).
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