Micelio

Artículo 6

Los Miembros De La Junta Consultiva Del Instituto Colombiano De Especialización Técnica En El Exterior Devengaran Honorarios A Razón De Cincuenta Pesos ($ 50

Decreto 1396 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2586 de 1950

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los miembros de la Junta Consultiva del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior devengaran honorarios a razón de cincuenta pesos ($ 50.00) por sesión, sin que las sesiones remuneradas puedan pasar de cuatro (4) al mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1396 de 1952