Divulgación del programa. El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras hará conocer ampliamente la decisión del Gobierno Nacional contenida en este Decreto de vender las acciones y derechos que la Nación y el Fondo poseen en el Banco de Colombia y el precio mínimo señalado. Tal divulgación se hará por medios masivos de comunicación en las condiciones que determine el Fondo el cual deberá
Divulgar el precio mínimo el día hábil siguiente a la fijación del mismo por parte del Consejo de Ministros.
Hacer conocer del público en general las condiciones y procedimientos de venta establecidos en este Decreto y la forma, oportunidad y lugar que señale el Fondo para presentar ofertas de compra.