Micelio

Artículo 31

Decreto 1452 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Transporte de carga y deroga el Decreto número 2330 de julio 22 de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CANCELACION. La sanción por la cual se cancela la Licencia de Funcionamiento, será procedente en los siguientes casos

a)

Cuando se compruebe que los hechos que dieron origen a su otorgamiento, no corresponden a la realidad o concurran otras causas que según la ley extingan o modifiquen la naturaleza de la empresa;

b)

Cuando se compruebe la suspensión de actividades del transporte de carga de La empresa;

c)

Cuando se compruebe que no cumple con los requisitos mínimos señalados en este Estatuto o en los reglamentos;

d)

Reincidir por quinta vez en la comisión de las infracciones a que se refiere este capítulo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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