Art. 52.° Establécese el derecho de sobreporte de la correspondencia que salga de cualquier punto de la Union colombiana para algun pais estranjero con quien no existan convenciones postales, en los términos de la tarifa de correspondencia dirijida de Panamá i Colo por los paquetes británicos, publicada en el "Diario Oficial" número 372.
Decreto 18661115 de 1866 →Vigente
Artículo 52
Decreto 18661115 de 1866 · en ejecución de la lei de 13 de junio último, orgánica del servicio de Correos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.