Ley 102 de 1892 · Por la cual se otorga una gracia general
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único Los reos de delitos comunes que sufren condenas en las cárceles de la República obtendrán del Presidente de la República la gracia de una rebaja de la quinta parte de la pena a que hayan sido condenados.
Esta gracia no comprende los casos de delincuencia excepcional ni los de incorregible reincidencia; y se concederá sin perjuicio de la que puedan obtener por conducta ejemplar, conforme a leyes anteriores.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.