Micelio

Artículo 46

Ley 40 de 1982 · sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos relacionados con los artículos 2° del Decreto 648 de 1973 y 45 del Decreto extraordinario 294 de 1973, las entidades territoriales están en la obligación de enviar a la Dirección General del Presupuesto antes del 20 de abril el Presupuesto aprobado para la vigencia de 1983.

El Gobierno se abstendrá de girar las participaciones y aportes a las entidades territoriales que no cumplan con tal requisito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1982