Micelio

Artículo 1

Decreto 792 de 1940 · Por el cual se autoriza a los Administradores del Terminal de Barranquilla para pagar unas cuentas de transportes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase a los Administradores del Terminal de Barranquilla para que, por cuenta del Terminal, paguen la cantidad de cuatro mil seiscientos dos pesos con veinticuatro centavos ($ 4.602.24), a que ascienden las cuenta pendientes por razón de transportes locales de carga de importación, que han sido aprobadas por la Comisión Consultiva, y que se adeudan a las siguientes Casas: Alberto Marulanda $ 295.43 Int. General Electric 81.81 Roldán Calle & Compañía 243.69 Gómez C. & Compañía Ltd 42.23 Rodolfo Eckhardt 24.27 Enrique M. Buitrago 1.406.33 David Santamaría 429.23 Bula & Enriquez4 486.80 De Caso Hermanos 348.67 Constantino Fortich 222 .51 Joaquín Restrepo J 108.02 C. Forero & Co 92.58 M. D. Abello & Co 58.02 Escipión Mosquera 14.12 Fernando González 45.06 Carlos Dieppa 402.47 Total $ 4.602.24 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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