°. Categorías de los deudores objeto del Régimen de Insolvencia. Para la designación del promotor o liquidador por sorteo, se establecen las siguientes categorías de los deudores objeto del Régimen de Insolvencia, según el monto de activos, o pasivos, o ingresos, o el número de trabajadores, a la fecha de la solicitud. Para definir la categoría de tales sujetos primará el criterio correspondiente a la de mayor categoría, así: Categorías Criterios Activos en smlmv Pasivo externo en smlmv Ingresos (solo para proceso de Reorganización) Número de trabajadores A 45.001 en adelante 45.001 en adelante 45.001 en adelante Igual o más de 300 B Entre 10.001-45.000 Entre 10.001-45.000 Entre 10.001-45.000 Igual o más de 101 y menor de 300 C Hasta 10.000 Hasta 10.000 Hasta 10.000 Igual o menor de 100 Cuando el pasivo pensional o el cálculo actuarial del deudor objeto del Régimen de Insolvencia representen más de la cuarta parte del pasivo total del deudor o en casos de insolvencia transfronteriza, se considerará que el deudor pertenece a la categoría A, independientemente del valor de sus activos, de su pasivo, de sus ingresos o del número de trabajadores.
Decreto 962 de 2009 →Vigente
Artículo 8
Categorías De Los Deudores Objeto Del Régimen De Insolvencia
Decreto 962 de 2009 · por el cual se reglamentan los artículos 5°, numeral 9, 67 y 122 parcial de la Ley 1116 de 2006, sobre promotores y liquidadores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.