Garantía de las obligaciones. Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a los adquirientes en el numeral 7.4 literal a) del artículo 7° y en el numeral 8.5 literal a) del artículo 8° del presente decreto, las Acciones adjudicadas en la Primera Etapa serán inmovilizadas o bloqueadas para imposibilitar su enajenación a través de los mecanismos establecidos en el Reglamento Operativo de Deceval para el efecto. Así mismo, Ecopetrol incluirá en el Reglamento, mecanismos adicionales para hacer exigibles dichas obligaciones.
Decreto 1800 de 2015 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1800 de 2015 · por el cual se aprueba el Programa de Enajenación de las acciones que Ecopetrol S. A. posee en la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.