Micelio

Artículo 2

Decreto 805 de 2008 · por el cual se adoptan unas medidas especiales para la prestación del servicio de transporte escolar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los propietarios de los vehículos de placa particular de servicio escolar que obtuvieron el permiso correspondiente, sólo podrán realizar la reposición o renovación del vehículo por otro nuevo o de mejores condiciones de operación, siempre que este sea de servicio público y cumpla con las condiciones de homologación y edad exigidas para el servicio público de transporte especial. CAPITULO II Prestación del servicio de transporte escolar en municipios hasta de treinta mil habitantes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 805 de 2008