Micelio

Artículo 3

Decreto 1798 de 1973 · Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El Gobierno procederá conforme a las disposiciones legales vigentes a designar al personal que deba ocupar los cargos que se establecen en el presente Decreto Los empleados que estando al servicio del Ministerio de Defensa de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional fueren nombrados en dichos cargos, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración, si a ello hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1798 de 1973