Micelio

Artículo 1

Declarar Como Monumento Nacional, El Edificio De La Plaza De Mercado De Tunja, Boyacá, Ubicada En Las Calles 20 Y 21 Entre Carreras 13 Y 14, Manzana Catastral Número 27, Comprendido Dentro Del Perímetro Del Centro Histórico De La Ciudad De Tunja

Decreto 3070 de 1990 · por el cual se declara Monumento Nacional, el Edificio de la Plaza de Mercado de Tunja.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Declarar como Monumento Nacional, el Edificio de la Plaza de Mercado de Tunja, Boyacá, ubicada en las calles 20 y 21 entre carreras 13 y 14, manzana catastral número 27, comprendido dentro del perímetro del centro histórico de la ciudad de Tunja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3070 de 1990