º Cuando se trate de rendimientos financieros provenientes de títulos con descuento, la retención en la fuente se continuará rigiendo por los porcentajes establecidos en el
del artículo 3º y artículo 4º del Decreto 1512 de 1985.
Cuando Se Trate De Rendimientos Financieros Provenientes De Títulos Con Descuento, La Retención En La Fuente Se Continuará Rigiendo Por Los Porcentajes Establecidos En El Parágrafo 2º Del Artículo 3º Y Artículo 4º Del Decreto 1512 De 1985
Decreto 870 de 1986 · por el cual se reglamenta el artículo 30 de la Ley 09 de 1983, se establecen normas en materia de retención en la fuente y se dictan otras disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Cuando se trate de rendimientos financieros provenientes de títulos con descuento, la retención en la fuente se continuará rigiendo por los porcentajes establecidos en el
del artículo 3º y artículo 4º del Decreto 1512 de 1985.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.