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Artículo 5

El Nivel Profesional Agrupa Los Empleos A Los Que Corresponden Funciones Cuya Naturaleza Demanda La Aplicación De Los Conocimientos Propios De Cualquier Carrera Profesional Reconocida Por La Ley

Decreto 1233 de 2000 · por el cual se establece el régimen de nomenclatura y clasificación de empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Nivel Profesional agrupa los empleos a los que corresponden funciones cuya naturaleza demanda la aplicación de los conocimientos propios de cualquier carrera profesional reconocida por la ley. Hacen parte de este Nivel, los siguientes empleos: Denominación Clase Grado Profesional Especializado Forense VII 22 VI 21 V 20 IV 19 III 18 II 17 I 16 Profesional Especializado VI 21 V 20 IV 19 III 18 II 17 I 16 Profesional Universitario Forense VI 15 V 14 IV 13 III 12 II 11 I 10 Profesional Universitario VI 15 V 14 IV 13 III 12 II 11 I 10

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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