Micelio

Artículo 233

De Los Documentos Protocolizados Conforme Al Numeral 1° Del Artículo, 230 De Este Decreto, Se Obtendrá Un Extracto Notarial Que Deberá Expresar: 1°) El Nombre De La Sociedad, Su Nacionalidad Y Su Domicilio; 2°) El Domicilio Principal Dentro Del País Y El De Sus Sucursales, Si Las Hubiere; 3°) Los Negocios Que Se Propone Desarrollar En Colombia; 4°) El Capital Suscrito Y El Pagado; 5°) La, Duración De Sus Negocios En La República Y Las Causales Previstas Para Su Terminación; 6°) El Nombre Del Representante Y De Sus Dos Suplentes, Con Indicación De Los Poderes De Que Está Investido, Y 7°) El Nombre Del Revisor Fiscal Y De Su Suplente

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los documentos protocolizados conforme al numeral 1° del artículo, 230 de este Decreto, se obtendrá un extracto notarial que deberá expresar: 1°) El nombre de la sociedad, su nacionalidad y su domicilio; 2°) El domicilio principal dentro del país y el de sus sucursales, si las hubiere; 3°) Los negocios que se propone desarrollar en Colombia; 4°) El capital suscrito y el pagado; 5°) La, duración de sus negocios en la República y las causales previstas para su terminación; 6°) El nombre del representante y de sus dos suplentes, con indicación de los poderes de que está investido, y 7°) El nombre del revisor fiscal y de su suplente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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