Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 536 de 1987 · por el cual se aprueba la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Cauca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 536 de 1987