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Artículo 14

(Artículo 14 De La Ley 88 De 1948) Autorizase Al Gobierno Para Destinar La Cantidad De Cuatro Millones De Pesos; ($ 4

Decreto 4267 de 1948 · Sobre Presupuesto Nacional de Rentas y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1949

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(Artículo 14 de la Ley 88 de 1948) Autorizase al Gobierno para destinar la cantidad de cuatro millones de pesos; ($ 4.000.000) al equilibrio de este Presupuesto; tomando los del saldo de la cuenta especial de cambios en el Banco de la República. En consecuencia, el Gobierno queda facultado para celebrar, con dicho Banco los acuerdos o contratos a que hubiere lugar.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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