Artículo primero . Cédese, a título gratuito, al Instituto Colombiano de Asuntos Nucleares, el edificio de propiedad de la Nación construido en los terrenos del Centro Administrativo Nacional, y que estuvo destinado a la extinguida Empresa Nacional de Publicaciones.
Parágrafo
Autorizase al Ministro de Obras Públicas pura que a nombre de la Nación, proceda a otorgar la correspondiente escritura pública de cesión.