Artículo primero. La administración de la barca que sirve de comunicación a la carretera nacional que va de Purificación a Prado-Dolores-Colombia, en los Departamentos de Tolima y Huila, se hará directamente por la Sección de Carreteras Nacionales dependencia del Ministerio de Obras Públicas, quien podrá a su vez si lo estimare conveniente arrendarla u otorgarla en concesión a particulares.
Decreto 3371 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3371 de 1949 · Por el cual se modifican los Decretos números 2429 de 1946 y 00274 de febrero de este año y se dictan normas en relación con la Barca de Purificación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.