Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 576, artículo 5766 del Presupuesto vigente, "para obras de defensa y conservación de los puertos fluviales del país, y gastos similares, según distribución posterior, de acuerdo con las necesidades", hácese la siguiente distribución: Capítulo 576, articulo 5766 . Ordinal 6). Para obras de defensa en Puerto Salgar, Sector de la Base Aérea "Germán Olano" $ 100.000.00 Ordinal 7). Para obras de defensa contra las avenidas, del rio Pamplonila, en la ciudad de Cúcuta 350.000.00 Ordinal 8). Para obras de defensa del puerto fluvial del Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena 74 743.31 Suma $ 524.743 31 Comuníquese y publíquese.
Decreto 2846 de 1960 →Vigente
Artículo 5766
Del Presupuesto Vigente, "para Obras De Defensa Y Conservación De Los Puertos Fluviales Del País, Y Gastos Similares, Según Distribución Posterior, De Acuerdo Con Las Necesidades", Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 576, Articulo 5766
Decreto 2846 de 1960 · Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Navegación y Puertos)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.