º La autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones legales, vigentes, .á designar el personal que deba ocupar los cargos qué se establecen en el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Bogotá e Ibagué. de la Dirección General de Impuestos Nacionales de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fueren incorporados en la Planta de Personal que por esta norma se fija , no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva.
Los actuales funcionarios que se incorporen a la Planta Personal, creada por el presente Decreto, no se considerarán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.