Micelio

Artículo 28

División Planes, Programas Y Proyectos

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 28. División Planes, Programas y Proyectos . Son funciones de la División Planes, Programas y Proyectos

1.

Elaborar y ejecutar proyectos encaminados al mejoramiento de la seguridad ciudadana en el ámbito rural.

2.

Coordinar con las autoridades sanitarias la elaboración y desarrollo de planes tendientes a prevenir enfermedades infecto-contagiosas, en el área rural.

3.

Diseñar Programas sobre operaciones policiales aplicados específicamente a la población infantil y juvenil rural.

4.

Ejecutar actividades tendientes a contrarrestar los fenómenos de inseguridad en el área rural.

5.

Analizar, en coordinación con las autoridades competentes locales, la problemática delincuencial del campo colombiano.

6.

Realizar estudios sobre la problemática delincuencial en los campos colombianos.

7.

Elaborar diagnósticos sobre fenómenos como subversión, narcotráfico, abigeato, entre otros.

8.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2203 de 1993