Artículo segundo. Autorizase al Gobierno para dictar normas sobre aplicación, liquidación y recaudación del impuesto de valorización establecido por al artículo tercero de la Ley 25 de 1921, y para liquidar y cobrar dicho impuesto por trayectos de las obras con base en el presupuesto de las mismas, antes de su completa terminación.
Decreto 1957 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1957 de 1951 · Por el cual se dictan normas para reembolsar el costo de una carretera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.