Art. 1° Todas las sumas que haya producido ó que produzca en adelante el premio del cambio de billetes por grandes, verificado en las Agencias establecidas en esta ciudad por el Gobierno, se destinan para auxiliar á ciertos establecimientos de beneficencia de la capital de la República y á los leprosos de Contratación y de Agua de Dios.
Decreto 1478 de 1901 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1478 de 1901 · Por el cual se dicta una providencia sobre distribución de auxilios a establecimientos de Beneficencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.